BASES DE LA
PROMOCIÓN “CONCURSOS BROMAS”
1.- Compañía
organizadora
CASHITAPP, S.L., con C.I.F nº ESB86745122 y dirección postal en
Apartado de Correos 74024 - 28080– Madrid - España (en adelante CASHITAPP)
tiene previsto realizar promociones de ámbito mundial que se desarrollarán de
conformidad con lo establecido en las presentes bases y que se denominarán “CONCURSOS
BROMAS”.
CASHITAPP es la compañía propietaria, editora y
comercializadora de la app “JOKESPHONE”, sobre la
cual se realizará esta campaña. Descarga aquí:
·
Android: https://play.google.com/store/apps/details?id=com.cashitapp.app.jokesphone
2.- Duración
Las promociones se desarrollarán a partir del 27 de marzo
de 2017 hasta el 15 de abril de 2017 a las 23:59. Cualquier modificación que se pueda
producir se especificará en la propia publicidad de la promoción en los medios
que ponga CASHITAPP para la promoción de las mismas (webs específicas, páginas
de redes sociales, aplicaciones móviles, etc).
Si por causas de fuerza mayor fuera
necesario aplazar, modificar, anular o repetir una promoción, este hecho se les
notificará en la web jokesphone.com y/o en
la página oficial de Facebook (www.facebook.com/jokesphone)
para el citado concurso a todos los participantes.
3.- Finalidad
La promoción tiene como finalidad realizar
concursos de “CREATIVIDAD MULTIMEDIA HUMORÍSTICA”.
La participación se podrá realizar gratuitamente así como,
previa adquisición de bienes virtuales (bromas telefónicas) dentro de
Aplicaciones Multimedia para dispositivos móviles titularidad de los
organizadores (JOKESPHONE)
5.- Legitimación
para participar
Podrán participar en la promoción todas aquellas personas
físicas mayores de 18 años y residentes en todos los países donde JOKESPHONE
está publicada en Appstore de Apple y en Google Play Store y que sean usuarios del servicio JOKESPHONE.
No podrá participar en la promoción el personal empleado de
la empresa organizadora, ni de las empresas que intervienen en la realización
de la promoción o los respectivos familiares en primer grado de todos ellos.
En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las
personas excluidas de participación, éstas perderán su derecho a obtener el
premio obtenido, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que
reúna las condiciones de participación válida designada como suplente en los
sorteos.
Sólo serán válidas las bromas realizadas dentro del periodo
de validez del concurso.
6.- Mecánica
de la promoción
Durante el periodo promocional, la empresa organizadora
realizará diversas comunicaciones en todos los medios disponibles por parte de CASHITAPP
(webs, redes sociales y aplicaciones de diferente tipo en internet, aplicaciones
móviles, TV, radio, prensa escrita, etc).
Se podrá participar en las promociones aportando ciertos
contenidos relacionados con la app JOKESPHONE. Esos
contenidos serán grabaciones de bromas telefónicas aportados por el concursante,
realizados con la app JOKESPHONE y que hayan sido
generados durante el periodo de vigencia del concurso.
Los concursantes podrán aportar su contenido compartiendo la
URL de la broma (tal y como se puede compartir desde la propia app JOKESPHONE) en la página de Facebook de Jokesphone (www.facebook.com/jokesphone).
Si los datos facilitados fueran inciertos o incompletos, o
los contenidos no fueran propiedad del concursante, trucados y/o incumplan las
normas legales, CASHITAPP podrá no otorgar los premios a los beneficiarios de
los concursos haciéndolo en este caso a los suplentes.
Se hace notar que el concursante y usuario de la app JOKESPHONE, ha
de demostrar que tiene el permiso expreso de la persona a la que le ha hecho la
broma para poder compartirlo y difundirlo. En caso contrario no podrá optar
a participar en el concurso. Se recuerda a los usuarios de JOKESPHONE que han
de cumplir en todo momento los Términos y Condiciones de Uso de la app, sitas en: http://jokesphone.mobi:8080/mdbfs/jokesphone/pub/web/JokesPhone_TyC.html.
El concursante autoriza a CASHITAPP a contactar con la
persona receptora de esa broma en el nº de teléfono donde la recibió para
contrastar que se dispone del permiso para ello por parte del usuario de JOKESPHONE.
7.- Selección
de ganadores
Se considerarán ganadores aquellos que hayan facilitado sus
contenidos siguiendo las instrucciones anteriores durante el periodo de
vigencia del concurso y cuyas publicaciones de su broma en www.facebook.com/jokesphone
tengan el mayor número de comparticiones (shares). La comprobación será
realizada por un jurado compuesto por miembros del departamento de
Marketing y Contenidos de CASHITAPP usando las herramientas estadísticas que
Facebook ofrece para estos menesteres.
El jurado emitirá un listado de 6 bromas en orden de
primero a sexto, según el orden de mayor
a menor número de comparticiones. En caso de que alguno de los ganadores no
cumpla alguno de los requisitos expuestos en estas normas, se irán
seleccionando los siguientes de la lista según el orden indicado.
8.- Comunicación
a los ganadores
CASHITAPP comunicará, en los siguientes en un plazo máximo
de 10 días tras la finalización de la promoción, el nombre del ganador en el
mismo sitio web donde se promocione (ej: página de Facebook donde se promocionó
y/o www.jokesphone.com) y contactará con él/ella a través de un mensaje privado en
las 24 horas siguientes a la finalización del concurso con objeto de concretar
las características y/o fechas de disfrute del premio obtenido.
CASHITAPP también podrá anunciar el nombre del ganador a
través de mensajes push in-app dentro de la propia app JOKESPHONE.
Si transcurridos 72 horas desde la finalización del
concurso resultara imposible contactar con alguno de los ganadores o sus
suplentes (se considerará como imposible de contactar si los ganadores o
suplentes no responden a los mensajes privados), se entenderá que el/los
premio/s que no se hubieran podido entregar quedarán desiertos.
9. Descripción y entrega de premios
Los premios consisten en productos oficiales de CASHITAPP
para su app JOKESPHONE:
Estos premios se comunicarán a los concursantes en los medios
digitales donde se promocione el concurso.
Conforme a la normativa fiscal en vigor, todos los premios
con un valor superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta,
según corresponda, de IRPF (18%).
En su caso, CASHITAPP gestionará e ingresará en la Hacienda
Pública las cantidades retenidas en nombre de los ganadores. La compañía
organizadora emitirá un certificado de retenciones con los datos del premio y
de la retención aplicada a cada ganador, para que pueda incluirlo en su
declaración anual.
Dichas retenciones correrán a cargo de CASHITAPP.
Los ganadores tienen derecho a renunciar al premio ganado,
sin embargo no podrán en ningún caso, canjearlo por otro distinto ni por su
importe en metálico. El premio no será transferible.
En el caso de que por causa de fuerza mayor CASHITAPP no
pudieran hacer entrega de los premios previstos, ésta se compromete a
sustituirlo por otro de similares características y de igual o superior valor.
El envío de premios físicos se hará en un plazo máximo de
un mes desde la comunicación de los ganadores.
CASHITAPP hará llegar al ganador el premio a la dirección
aportada por éste.
10.- Exención de
responsabilidad
La
empresa organizadora y colaboradoras quedan exoneradas de toda responsabilidad
en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que
impidan el normal desarrollo de la promoción por causas ajenas a la empresa y
especialmente por actos externos de mala fe.
Tampoco
serán responsables la empresa organizadora y colaboradoras por los problemas de
transmisión o pérdida de datos no imputables a las mismas.
La participación en este concurso supone la exoneración
completa a Facebook, Google y Apple de toda responsabilidad por parte de cada
concursante o participante.
Este concurso no está patrocinado, avalado ni
administrado por Facebook, Google ni Apple, ni existe asociación alguna con
estas compañías para la realización del mismo.
11.- Derechos de
imagen
Los concursantes
(incluidos los ganadores) autorizan a la empresa organizadora a reproducir,
utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección, imagen y todos los
contenidos aportados por los concursantes en cualquier actividad publicitaria
y/o promocional que esté relacionada con esta promoción, todo ello en cualquier
medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a
través de Internet e Internet para telefonía móvil) sin que dichas actividades
les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de
la entrega del premio ganado conforme a estas bases.
La
cesión incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución
y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de
tiempo ni de territorio.
12.- Protección
de Datos
Expresamente
se informa a todos los participantes que la empresa organizadora se compromete
a actuar conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
La
empresa organizadora no utilizará dichos datos con una finalidad distinta a la
indicada en las presentes bases, ni los comunicará a otras personas ni siquiera
para su conservación. La empresa organizadora los tratará de acuerdo a la
legislación vigente en materia de comercio electrónico y de protección de
datos.
De
conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de
Datos de Carácter Personal, La empresa organizadora informan a los
participantes en la promoción, de que los datos que le sean facilitados
voluntariamente serán tratados para futuras acciones promocionales y
comerciales relacionadas con dicha entidad. Los participantes podrán ejercitar
los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en
la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal así como
revocar su consentimiento para el envío de comunicaciones comerciales enviando una
carta al Apdo de Correos 74024 – C.P. 28080 de Madrid.
En la
petición, se deberá adjuntar la siguiente información:
- Nombre, apellidos y DNI, o empresa a la que pertenece en
su caso.
- Domicilio a efectos de notificaciones.
- Derecho que desea solicitar y contenido de su petición.
La empresa organizadora se compromete al cumplimiento
de la obligación de secreto de los datos de carácter personal, que en su caso
se faciliten, y de su deber de tratarlos con confidencialidad, y se compromete
a aplicar las medidas técnicas, organizativas y de seguridad que la legislación
en materia de protección de datos y en especial, la Ley Orgánica 15/1999 de 13
de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal imponen.
13.- Aceptación de bases
La participación en la promoción supone la aceptación
en su totalidad de las presentes bases y podrán ser consultadas por los
participantes en la página web www.jokesphone.com.
La empresa organizadora se reserva el derecho de
eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o
inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la
presente promoción así como la resolución de cualquier cuestión derivada de la
presente actividad promocional.
14.- Ley aplicable y jurisdicción
Las Bases de Promoción se rigen por la ley española. La
empresa organizadora y los participantes en la promoción, se someten al de los
Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, con renuncia expresa a cualquier otro
fuero que pudiera corresponderle.