BASES DE LA PROMOCIÓN “CONCURSOS BROMAS”

 

 

1.-       Compañía organizadora

CASHITAPP, S.L., con C.I.F nº ESB86745122 y dirección postal en Apartado de Correos 74024 - 28080– Madrid - España (en adelante CASHITAPP) tiene previsto realizar promociones de ámbito mundial que se desarrollarán de conformidad con lo establecido en las presentes bases y que se denominarán “CONCURSOS BROMAS”.

 

CASHITAPP es la compañía propietaria, editora y comercializadora de la app “JOKESPHONE”, sobre la cual se realizará esta campaña. Descarga aquí:

·      Android: https://play.google.com/store/apps/details?id=com.cashitapp.app.jokesphone

 

2.-       Duración

Las promociones se desarrollarán a partir del 27 de marzo de 2017 hasta el 15 de abril de 2017 a las 23:59. Cualquier modificación que se pueda producir se especificará en la propia publicidad de la promoción en los medios que ponga CASHITAPP para la promoción de las mismas (webs específicas, páginas de redes sociales, aplicaciones móviles, etc).

Si por causas de fuerza mayor fuera necesario aplazar, modificar, anular o repetir una promoción, este hecho se les notificará en la web jokesphone.com y/o en la página oficial de Facebook (www.facebook.com/jokesphone) para el citado concurso a todos los participantes.

 

3.-       Finalidad

La promoción tiene como finalidad realizar concursos de “CREATIVIDAD MULTIMEDIA HUMORÍSTICA”.

 

4.-       Condiciones Económicas

La participación se podrá realizar gratuitamente así como, previa adquisición de bienes virtuales (bromas telefónicas) dentro de Aplicaciones Multimedia para dispositivos móviles titularidad de los organizadores (JOKESPHONE)

 

5.-       Legitimación para participar

Podrán participar en la promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años y residentes en todos los países donde JOKESPHONE está publicada en Appstore de Apple y en Google Play Store y que sean usuarios del servicio JOKESPHONE.

No podrá participar en la promoción el personal empleado de la empresa organizadora, ni de las empresas que intervienen en la realización de la promoción o los respectivos familiares en primer grado de todos ellos.

En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, éstas perderán su derecho a obtener el premio obtenido, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válida designada como suplente en los sorteos.

 

Sólo serán válidas las bromas realizadas dentro del periodo de validez del concurso.

 

6.-       Mecánica de la promoción

Durante el periodo promocional, la empresa organizadora realizará diversas comunicaciones en todos los medios disponibles por parte de CASHITAPP (webs, redes sociales y aplicaciones de diferente tipo en internet, aplicaciones móviles, TV, radio, prensa escrita, etc).

Se podrá participar en las promociones aportando ciertos contenidos relacionados con la app JOKESPHONE. Esos contenidos serán grabaciones de bromas telefónicas aportados por el concursante, realizados con la app JOKESPHONE y que hayan sido generados durante el periodo de vigencia del concurso.

Los concursantes podrán aportar su contenido compartiendo la URL de la broma (tal y como se puede compartir desde la propia app JOKESPHONE) en la página de Facebook de Jokesphone (www.facebook.com/jokesphone).

Si los datos facilitados fueran inciertos o incompletos, o los contenidos no fueran propiedad del concursante, trucados y/o incumplan las normas legales, CASHITAPP podrá no otorgar los premios a los beneficiarios de los concursos haciéndolo en este caso a los suplentes.

Se hace notar que el concursante y usuario de la app JOKESPHONE, ha de demostrar que tiene el permiso expreso de la persona a la que le ha hecho la broma para poder compartirlo y difundirlo. En caso contrario no podrá optar a participar en el concurso. Se recuerda a los usuarios de JOKESPHONE que han de cumplir en todo momento los Términos y Condiciones de Uso de la app, sitas en: http://jokesphone.mobi:8080/mdbfs/jokesphone/pub/web/JokesPhone_TyC.html.

El concursante autoriza a CASHITAPP a contactar con la persona receptora de esa broma en el nº de teléfono donde la recibió para contrastar que se dispone del permiso para ello por parte del usuario de JOKESPHONE.

 

7.-       Selección de ganadores

Se considerarán ganadores aquellos que hayan facilitado sus contenidos siguiendo las instrucciones anteriores durante el periodo de vigencia del concurso y cuyas publicaciones de su broma en www.facebook.com/jokesphone tengan el mayor número de comparticiones (shares). La comprobación será realizada por un jurado compuesto por miembros del departamento de Marketing y Contenidos de CASHITAPP usando las herramientas estadísticas que Facebook ofrece para estos menesteres.

El jurado emitirá un listado de 6 bromas en orden de primero a sexto, según el orden  de mayor a menor número de comparticiones. En caso de que alguno de los ganadores no cumpla alguno de los requisitos expuestos en estas normas, se irán seleccionando los siguientes de la lista según el orden indicado.

 

8.-       Comunicación a los ganadores

CASHITAPP comunicará, en los siguientes en un plazo máximo de 10 días tras la finalización de la promoción, el nombre del ganador en el mismo sitio web donde se promocione (ej: página de Facebook donde se promocionó y/o www.jokesphone.com) y contactará con él/ella a través de un mensaje privado en las 24 horas siguientes a la finalización del concurso con objeto de concretar las características y/o fechas de disfrute del premio obtenido.

CASHITAPP también podrá anunciar el nombre del ganador a través de mensajes push in-app dentro de la propia app JOKESPHONE.

Si transcurridos 72 horas desde la finalización del concurso resultara imposible contactar con alguno de los ganadores o sus suplentes (se considerará como imposible de contactar si los ganadores o suplentes no responden a los mensajes privados), se entenderá que el/los premio/s que no se hubieran podido entregar quedarán desiertos.

 

9. Descripción y entrega de premios

Los premios consisten en productos oficiales de CASHITAPP para su app JOKESPHONE:

 

  1. iPhone 6. Y, además, crédito de 100 bromas
  2. Crédito de 75 bromas
  3. Crédito de 50 bromas

 

Estos premios se comunicarán a los concursantes en los medios digitales donde se promocione el concurso.

Conforme a la normativa fiscal en vigor, todos los premios con un valor superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda, de IRPF (18%).

En su caso, CASHITAPP gestionará e ingresará en la Hacienda Pública las cantidades retenidas en nombre de los ganadores. La compañía organizadora emitirá un certificado de retenciones con los datos del premio y de la retención aplicada a cada ganador, para que pueda incluirlo en su declaración anual.

Dichas retenciones correrán a cargo de CASHITAPP.

Los ganadores tienen derecho a renunciar al premio ganado, sin embargo no podrán en ningún caso, canjearlo por otro distinto ni por su importe en metálico. El premio no será transferible.

En el caso de que por causa de fuerza mayor CASHITAPP no pudieran hacer entrega de los premios previstos, ésta se compromete a sustituirlo por otro de similares características y de igual o superior valor.

El envío de premios físicos se hará en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de los ganadores.

CASHITAPP hará llegar al ganador el premio a la dirección aportada por éste.

 

10.-     Exención de responsabilidad

La empresa organizadora y colaboradoras quedan exoneradas de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la promoción por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe.

Tampoco serán responsables la empresa organizadora y colaboradoras por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a las mismas.

 

La participación en este concurso supone la exoneración completa a Facebook, Google y Apple de toda responsabilidad por parte de cada concursante o participante.

 

Este concurso no está patrocinado, avalado ni administrado por Facebook, Google ni Apple, ni existe asociación alguna con estas compañías para la realización del mismo.

 

11.-     Derechos de imagen

Los concursantes (incluidos los ganadores) autorizan a la empresa organizadora a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección, imagen y todos los contenidos aportados por los concursantes en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta promoción, todo ello en cualquier medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de Internet e Internet para telefonía móvil) sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas bases.

La cesión incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.

 

12.-     Protección de Datos

Expresamente se informa a todos los participantes que la empresa organizadora se compromete a actuar conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

La empresa organizadora no utilizará dichos datos con una finalidad distinta a la indicada en las presentes bases, ni los comunicará a otras personas ni siquiera para su conservación. La empresa organizadora los tratará de acuerdo a la legislación vigente en materia de comercio electrónico y de protección de datos.

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, La empresa organizadora informan a los participantes en la promoción, de que los datos que le sean facilitados voluntariamente serán tratados para futuras acciones promocionales y comerciales relacionadas con dicha entidad. Los participantes podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal así como revocar su consentimiento para el envío de comunicaciones comerciales enviando una carta al Apdo de Correos 74024 – C.P. 28080 de Madrid.

En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

- Nombre, apellidos y DNI, o empresa a la que pertenece en su caso.
- Domicilio a efectos de notificaciones.
- Derecho que desea solicitar y contenido de su petición.

La empresa organizadora se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto de los datos de carácter personal, que en su caso se faciliten, y de su deber de tratarlos con confidencialidad, y se compromete a aplicar las medidas técnicas, organizativas y de seguridad que la legislación en materia de protección de datos y en especial, la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal imponen.

 

13.-     Aceptación de bases

La participación en la promoción supone la aceptación en su totalidad de las presentes bases y podrán ser consultadas por los participantes en la página web www.jokesphone.com.

La empresa organizadora se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente promoción así como la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente actividad promocional.

 

14.- Ley aplicable y jurisdicción

 

Las Bases de Promoción se rigen por la ley española. La empresa organizadora y los participantes en la promoción, se someten al de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.